Willkommen auf den Seiten des Auswärtigen Amts

La nacionalidad alemana

Staatsangehörigkeitsausweis

Staatsangehörigkeitsausweis, © Ute Grabowsky / photothek.net

01.12.2017 - Artículo

Aquí le presentamos los diferentes motivos por los cuales se puede recibir o perder la nacionalidad alemana, además de los requisitos y formularios para presentar la solicitud correspondiente.

Información general

El derecho alemán reconoce principalmente el principio de descendencia (ius sanguinis); solo quien tenga padre o madre de nacionalidad alemana al momento de su nacimiento es también alemán.

Descendencia de padre alemán o madre alemana

  • Puede derivar la nacionalidad alemana igualmente del padre y de la madre con los mismos derechos cuando haya nacido después del 1 de enero de 1975.
  • Quien haya nacido como hijo legítimo antes y hasta incluso el 31 de diciembre de 1974, puede derivar la nacionalidad alemana por nacimiento únicamente por parte del padre alemán.
  • Quien haya nacido a partir del 1 de enero de 1975 como hijo legítimo, puede derivar la nacionalidad alemana también por parte de la madre alemana.
  • Quien haya nacido como hijo ilegítimo entre el 1 de enero de 1914 y el 30 de junio de 1993, puede derivar la nacionalidad alemana por nacimiento únicamente por parte de la madre alemana.
  • Quien haya nacido a partir del 1 de julio de 1993 como hijo ilegítimo, puede derivar la nacionalidad alemana también por parte del padre alemán, siempre y cuando la paternidad haya sido determinada efectivamente de acuerdo al derecho alemán.

Reglamento para casos antiguos

Los hijos legítimos nacidos antes del 1 de enero de 1975 de madre alemana pueden adquirir la nacionalidad alemana mediante la entrega de una declaración respectiva hasta el 31 de diciembre de 1977. La entrega de la declaración después de esa fecha no es posible, tampoco si la nacionalidad alemana de la madre ha sido determinada después del 31 de diciembre de 1977.

Los hijos ilegítimos nacidos antes del 1 de julio de 1993 de padre alemán pueden adquirir la nacionalidad alemana si: 

  1. la paternidad es determinada efectivamente de acuerdo al derecho alemán;
  2. el hijo no ha cumplido los 23 años.

Legitimación

La legitimación de hijos ilegítimos hacia hijos legítimos (hasta el 30 de junio de 1998).

Aparte de la posibilidad de declaración de legitimación por parte de un tribunal alemán, el caso más común de legitimación era el matrimonio posterior de los padres. Aparte del matrimonio efectivo entonces, también debe determinarse quiénes son los padres del hijo ilegítimo, de acuerdo al derecho alemán. En casos aislados, la comprobación de la legitimación efectiva puede ser dificil. Estos casos deberán ser discutidos personalmente con el encargado respectivo en la embajada.

Adopción de menores de edad

Desde el 1 de enero de 1977, un menor de edad (entiéndase antes de cumplir 18 años) adquiere la nacionalidad alemana por adopción, siempre y cuando la adopción sea efectivamente comprobada de acuerdo al derecho alemán.

Naturalización

Por regla general una naturalización solamente es posible para extranjeros con residencia permanente en Alemania.

Las personas a quienes les fue quitada la nacionalidad alemana entre el 30.01.1933 y el 08.05.1945 por razones políticas, raciales o religiosas pueden recuperar su nacionalidad alemana. Las personas que viven en el extranjero pueden entregar una solicitud de naturalización en la Embajada Alemana (Art. 116 II GG). Lo mismo aplica para sus descendientes, si sus descendientes hubieran obtenido la nacionalidad alemana por descendencia.

Por lo demás la naturalización de personas con residencia en el extranjero, quienes anteriormente contaban con la nacionalidad alemana, solamente es posible si existe un interés público de parte de Alemania en su naturalización (§ 13 StAG).

Otros extranjeros con residencia en el extranjero solamente se pueden naturalizar en casos verdaderamente excepcionales, si a pesar de su residencia en el extranjero es ventajoso para Alemania naturalizarles (interés público especial). Además, tienen que tener relaciones especiales con Alemania. Los intereses privados se toman en consideración solamente con carácter inferior.

Matrimonio

Una esposa extranjera adquiría automáticamente la nacionalidad alemana mediante el matrimonio con un alemán entre el 1 de enero de 1914 y el 31 de marzo de 1953.

Nacionalización conforme a la Ley de Ciudadanía §14

Para los siguientes grupos de personas existe la posibilidad de una nacionalización conforme a la ley de ciudadanía §14 : niños de padres alemanes nacidos fuera de matrimonio antes del 1 de julio de 1993; niños de madres alemanas nacidos dentro del matrimonio desde el 23 de Mayo de 1949 y hasta el 1° de enero de 1975. Posibilidad de la nacionalización de niños de padres alemanes que no hayan adquirido la ciudadanía alemana a través del nacimiento.

Solicitud para verificar la nacionalidad

Esta verificación se realiza en la Oficina Federal de Administración (Bundesverwaltungsamt) en Colonia, Alemania. Las solicitudes correspondientes se entregan en la embajada.

Todos los documentos tienen que ser presentado en original con una apostilla (en caso de certificaciones que no sean alemanas) y con una traducción oficial al alemán. Además, se deben presentar dos fotocopias simples de cada certificación, apostilla y traducción.

Descargue el formulario para mayores de edad (16 años o más) y en el caso de menores de edad. Debe entregarse también un anexo que incluya información sobre los ascendientes alemanes (anexo V).

Ojo: Los formularios en español se proporcionan solamente como auxiliar y guía para el llenado de los formularios en alemán.

No adquisición de la nacionalidad

Información sobre la no adquisición de la nacionalidad alemana por menores nacidos en el extranjero de padres alemanes (según § 4 StAG)

Las hijas e hijos nacidos en el extranjero de padre y madre alemanes o de padre alemán o madre alemana no adquieren la nacionalidad alemana por nacimiento si los progenitores o el progenitor o progenitora nacieron en el extranjero con posterioridad al 31 de diciembre de 1999 y tienen su residencia habitual en el extranjero en el momento del nacimiento de su hijo o hija y éste o ésta adquiere automáticamente una nacionalidad extranjera por nacimiento.

El hijo o hija solo adquiere la nacionalidad alemana retroactivamente a partir de la fecha de su nacimiento si los progenitores, juntos o por separado, solicitan la inscripción del nacimiento del/de la menor en el registro de nacimientos del registro civil alemán competente o en la representación diplomática alemana competente en el plazo de un año contado desde el nacimiento del/de la menor.

Más información en nuestra hoja informativa

Información completa /en alemán) y todos los formularios para descargar

Inicio de página